domingo, 27 de junio de 2010

Ley de Comunas: descentraliza y desconcentra


El modelo de desarrollo implementado en Venezuela hasta finales del siglo pasado, se caracterizó por establecer patrones (…) de poder que se convirtieron en los principales generadores de pobreza y exclusión”


Lic. Fernando R. Álvarez R.


El pasado martes 22 de junio, la Asamblea Nacional (AN) aprobó en primera discusión el Proyecto de Ley Orgánica de las Comunas, la cual consolidará el Poder Popular en el país, reconociendo la capacidad o Fuerza Social y Colectiva Organizada que tiene el pueblo Soberano como Máxima autoridad.

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) se inicia un proceso de cambio político, que abarca todos los ámbitos estructurales para la transformación del país desde un capitalismo dependiente hacia un socialismo de contenidos socioeconómicos y geopolíticos innovadores.” Así lo señala la exposición de motivos de la Ley de las Comunas.

Para contribuir a la refundación del Estado, la Ley de las Comunas, tiene entre sus directrices fundamentales cuatro principios, como son: a) el desarrollo sustentable, b) el desarrollo endógeno, c) la diversificación de la economía, y d) la participación ciudadana. Esta última enfocada como un derecho y un deber, que además de profundizar la democracia, permita la interacción entre el Estado y la sociedad, a través del Poder Popular, para desarrollar el principio de responsabilidad como derecho ciudadano.

Para el desarrollo de estas directrices se, requiere de una nueva institucionalidad, (La comuna) basada sobre la construcción de un espacio geográfico socialista, una territorialidad reconocida por la apropiación y el asentamiento mismo de su población y en lugares que generen sentimientos de pertenencia e identidad geográfica; pero que además, expresen el contenido político del modelo socioeconómico legitimado por el Estado

La Ley está basada sobre tres grandes premisas constitucionales: la primera contenida en el artículo 173 de la Carta Magna, “…la creación de entidades locales dentro del territorio municipal, La segunda inherente al modelo democrático participativo y protagónico que la transversaliza, y la tercera referida en el artículo 158 en cuanto a que “La descentralización, como política nacional, debe profundizar la democracia, acercando el poder a la población y creando las mejores condiciones, tanto para el ejercicio de la democracia como para la prestación eficaz y eficiente de los cometidos estatales”.

En la estructura y contenido de la Ley, conformada por 10 títulos, 67 artículos y 5 disposiciones, encontramos que se establece un espacio socialista, definido por la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos y costumbres, reconocidos en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que le sirven de sustento, y sobre el cual ejercen los principios de soberanía y participación protagónica como expresión del poder popular.

La Comuna, en su estructura, cuenta con una organización institucional, cuya acción se define en tres grandes áreas: planificación, coordinación y del gobierno en la comuna, a partir del Parlamento Comunal como órgano de deliberación y toma de decisiones.

Igualmente, La Comuna, contará con un plan rector para la acción y con propósitos claramente definidos a través de La Carta Comunal, de la cual surge el Plan Político Estratégico Comunal

Dentro de las figuras organizativas destaca el Banco de la Comuna, que tiene como objeto garantizar la gestión y administración de los recursos financieros y no financieros que le sean asignados, así como los generados o captados mediante sus operaciones, promoviendo la participación protagónica del pueblo en la construcción del Modelo Económico Socialista.

El instrumento jurídico, establece la actividad planificadora de la Comuna a través del Plan Comunal de Desarrollo, en el cual se establecerán los proyectos, objetivos, metas, acciones y recursos dirigidos a darle concreción a los lineamientos plasmados en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, el Plan Regional de Desarrollo y los lineamientos del Consejo Federal de Gobierno.

Con la promulgación de Ley de las Comunas, se pretende abrir las compuertas para la construcción de un espacio geográfico socialista, con modalidades diferentes de gestión de políticas públicas donde habrán de tener expresión directa los actores sociales organizados y cohesionados en torno a unidades territoriales equivalentes a sus competencias, y a jurisdicciones inherentes a una territorialidad reconocida por la apropiación y el asentamiento mismo de la población, legitimado por el Estado, respondiendo a los principios para la construcción del Socialismo del siglo XXI.